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viernes, marzo 29, 2024
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Superintendencia de Electricidad quita monopolio PPE suministro energía Playa Dorada

Puerto Plata.- EDENORTE Dominicana anunció que en los próximos días iniciará operativos de contratación de clientes que hasta ahora son suplidos por la empresa Puerto Plata de Electricidad, propiedad del ingeniero Abraham Selman.

Durante una rueda de prensa efectuada en los salones de la Gobernación provincial los ejecutivos de la empresa distribuidora, indicaron que en cumplimiento de la resolución 07-2014 de la Superintendencia de Electricidad, SIE, del 24 de febrero de este año comenzará a partir de este miércoles 12, mientras que las contrataciones se iniciarán a partir del 1 de abril.

La resolución 07-2014 autoriza a EDENORTE a contratar de manera directa a los clientes localizados en el complejo turístico Playa Dorada y zonas aledañas, donde técnicos de la entidad realizarán operativos con el propósito de informar a los interesados los requisitos para una contratación directa del servicio energético con esa distribuidora.

La rueda de prensa contó con la presencia de la gobernadora Eridania Llibre y en la misma hicieron uso de la palabra el gerente legal de EDENORTE Lic. Rafael Antonio Martínez, la directora comercial Licda. Antonia Rojas y el subdirector de distribución.

Con la decisión de la empresa distribuidora en la práctica se pone fin al servicio exclusivo que daba la empresa Puerto Plata de Electricidad, PPE, al complejo Playa Dorada desde el año 1989, cuando fue autorizada debido a la crisis energética que afectaba el suministro de las áreas turísticas en esos años.

Con el tiempo PPE comenzó a brindar servicio en varias urbanizaciones de Puerto Plata, sin que tuviera una autorización formal para ello.

La resolución de la Superintendencia de Electricidad, SIE, establece la nulidad del contrato suscrito entre el Estado Dominicano, la Corporación Dominicana de Electricidad, CDE, y PPE el 29/12/1989, alegando que el mismo no estipula la fecha de entrada en vigencia lo que impide determinar si se encuentra vigente o no.

Dentro de los considerandos para el rechazo la SIE  establece en el artículo 6 el rechazo del mismo: “Por ser incompatible jurídicamente el marco normativo actual con las actividades que el citado contrato, de encontrarse vigente, permitiría a PPE desarrollar, conforme a lo dispuesto por el artículo 11 de la Ley General de Electricidad No. 125-01 del 26 de julio de 2001 y los artículos 6 y 11 de su reglamento de aplicación”.

Hoteleros y empresarios con negocios en Playa Dorada Mall, habían estado reclamando el poder conectarse con EDENORTE alegando que los precios de la energía en el complejo eran insostenibles.

 

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