Buenas tardes Señorita María Montiel, gracias por escribirnos.
Con relación a sus 2 preguntas, le contesto lo siguiente.
Primera Pregunta:
¿ Al yo haber nacido en Santo Domingo, por mucho que tenga la nacionalidad Española, al tener todos los papeles como que nací en Santo domingo y el certificado de que fui dada en adopción, me será mucho mas fácil poder irme a vivir a Santo Domingo sin que me pidan tantos papeles?
RESPUESTA: A usted tener la nacionalidad Española se le hace mucho más fácil ingresar a República Dominicana, ya que la República Dominicana no le requiere Visado a los ciudadanos española, pero como su interés es residir (Vivir) en República Dominicana, tendrá que iniciar un proceso de solicitud de residencia provisional, para luego entonces aplicar para una residencia permanente, la cual se renova anualmente. No importa si usted fue dada en adopción o no, eso a las autoridades Migratoria de República Dominicana les importa poco, lo primero que ellos van a ver, es qué nacionalidad usted tiene, como tiene la nacionalidad española, entonces debe de hacer lo que anteriomente le expliqué. Yo con gusto le puedo hacer dicho trabajo.
Segunda Pregunta:
Mi pareja y yo queremos tener un bebe ahora cuando yo vaya.. al yo ser tener la nacionalidad Española, si vivo allí y el bebe nace en Santo Domingo ¿le podrían poner la nacionalidad doble al ser hijo de padre dominicano y madre Española? ¿Qué debería hacer para que tuviera nacionalidad doble.
RESPUESTA: La constitución dominicana que entró en vigencia en 2010 considera que los hijos de inmigrantes sin permiso de residencia no son dominicanos y al nacer deben ser registrados en el libro de extranjería y luego en el consulado de su país. Recuerde que en su primera pregunta le hice incapié en que si su interés es vivir en República Dominicana, debe de solicitar la residencia, y entonces luego pensar en dar a Luz, ya usted una vez teniendo la residencia Dominicana, puede dar a Luz sin ningún tipo de problema, porque constitucionalmente, el niño se le otorga la ciudadania dominicana
DOBLE NACIONALIDAD:
República Dominicana y España en 1968 fimaron un convenio de doble nacionalidad, lo cual permite, como bien dice el Acuerdo, optar por la doble nacionalidad. Su hijo aunque adquiere la nacionalidad dominicana si usted da a Luz teniendo la residencia dominicana vigente, ustedes bien pueden sacarle la doble nacionalidad, el detalle está en que para hacerlo, el niño o niña debe de esperar cumplir la mayoria de edad de 18 años.
Esperamos que nuestra respuestas le hallan sido de utilidad y que las mismas hallan servido para que usted tenga la mente más clara. Antes de dar cualquier paso Migratorio, es recomendable contar con una buena asesoría Migratoria al respeco.
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Si desea que contestemos alguna de sus preguntas envíela a esta dirección:
DiarioPuertoPlata@gmail.com y con gusto la contestaremos y la publicaremos aquí.
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Lic. Enrique Santelises Vila.
Abogado.
Ave. Independencia #1073, Zona Universitaria
Santo Domingo, Distrito Nacional.
República Dominicana Código Postal 10105
(809) 682-3633 Oficina
(829) 302-8025 Móvil
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