Una de las disposiciones transitorias aprobada para la reforma constitucional aprobada en la Asamblea Nacional dispone que la enmienda a la Carta Magna no sea sometida nunca a un referendo, que es un método en el que los dominicanos podrían decidir si aceptan o no los cambios a la Constitución.
La sugerencia fue sometida por el diputado del Partido Reformista Social Cristiano (PRSC), Ramón Rogelio Genao, y fue acogida con 158 votos a favor, todos del partido oficialista y de sus aliados. Los opositores votaron en contra de la medida.
El artículo transitorio que aprobaron los asambleístas prohíbe que la reforma constitucional, impulsada por el presidente Luis Abinader, necesite de un referendo obligatorio para ser ratificada, aun cuando el artículo 272 de la propio Constitución ordena que los cambios a la Carta Magna se sometan a la votación de los ciudadanos.
El diputado Genao, quien propuso la disposición, explicó que la reforma constitucional que debaten los asambleístas no debe ser sometida a la votación popular, porque la República Dominicana no cuenta con una ley que regule los referendos y porque ya la Constitución vigente cuenta con un artículo similar.
Con la aprobación de los asambleístas, la reforma constitucional que se analiza en el Congreso solo necesitaría de la votación y proclama en la Asamblea Nacional para quedar como vigente.