DIARIO PUERTO PLATA.-La procuradora general de la República, Yeni Berenice Reynoso, aclaró que la creación y difusión de memes, caricaturas, parodias, sátiras, videos o imágenes con fines periodísticos, artísticos, humorísticos o de crítica social no constituye un delito bajo el Código Penal aprobado ni en el marco de su reforma.
La precisión fue realizada mediante el documento “Precisiones sobre el Código Penal aprobado y su reforma”, publicado por la Procuraduría General de la República para responder a las dudas surgidas sobre el alcance de la nueva legislación.
Reynoso explicó que estas manifestaciones están protegidas por el derecho a la libertad de expresión y la creación artística, siempre que sean claramente identificables como obras de ficción o creación, no busquen engañar al público con fines ilícitos y no vulneren los derechos de niños, niñas y adolescentes.
La Procuraduría recordó además que, conforme al principio de legalidad, una conducta solo puede ser sancionada penalmente cuando está expresamente establecida en la ley, por lo que rechazó las interpretaciones extensivas o por analogía en perjuicio de las personas.
Asimismo, precisó que el derecho penal castiga únicamente acciones u omisiones dolosas o culposas y diferenció la manipulación de videos o audios con intención de causar daño de la elaboración de memes, caricaturas o parodias como formas legítimas de expresión.




