DIARIO PUERTO PLATA. -Treinta años de prisión para dos hombres que mataron a ganadero y su pareja en Estero Hondo.
A solicitud del Ministerio Público, un tribunal condenó a la pena máxima de 30 años de prisión a dos hombres hallados culpables de asesinar a un ganadero para el que trabajaban y a su compañera sentimental, en un hecho ocurrido en el distrito municipal Estero Hondo, del municipio Villa Isabela, de Puerto Plata, en el mes de abril de 2023.
Juan Alberto Perdomo y Manuel Francisco Pichardo fueron condenados tras ser declarados culpables de haber asesinado al ganadero Eduardo Generoso Pérez y a su pareja Maribel del Carmen Acosta.
Según consta en el expediente acusatorio, los dos hombres aprovecharon su condición de ser trabajadores de confianza del hoy occiso para sustraer y vender para su beneficio personal decenas de reses pertenecientes a la víctima. Detalla que luego de que el ganadero descubriera la desaparición del ganado y los enfrentara, los procesados planificaron y ejecutaron su asesinato y el de su pareja.
Indica que Perdomo y Pichardo golpearon a las víctimas con palos y una llave de hierro para tuberías (Stillson), procediendo luego a quemar sus cuerpos dentro de la finca y después simularon su desaparición.
El expediente también señala que luego de matar a la pareja, los dos procesados sustrajeron los teléfonos del occiso y enviaban mensajes a sus familiares para hacer creer que ambos estaban con vida, y continuaron vendiendo el ganado robado, suplantando la identidad de Pérez.
La investigación fue realizada por los fiscales José Armando Tejada, quien falleció en el transcurso del proceso; Julio César Gómez Quintana, Patricia Lagombra, y el procurador general de corte Miguel Antonio Ramos, de la Dirección de Desaparecidos.
La fiscal litigante Ana Mariela Hernández demostró la culpabilidad de los imputados más allá de toda duda razonable con la presentación de distintas pruebas, incluyendo los restos óseos incinerados de ambas víctimas y los objetos utilizados para cometer el crimen, así como teléfonos celulares, prendas de vestir con manchas de sangre y un DVR dañado para eliminar pruebas.
El Ministerio Público calificó el hecho de violación a los artículos 365, 266, 295, 296, 297, 302, 379 y 386-3 del Código Penal dominicano, los cuales tipifican y sancionan la asociación de malhechores, el asesinato y el robo asalariado.
El Tribunal Colegiado de Puerto Plata, integrado por Jakayra Veras, Benecia Rojas y Yenny Martínez, ordenó que ambos cumplan la pena de 30 años de prisión en el Centro de Corrección y Rehabilitación (CCR) San Felipe, y dispuso además el pago de una indemnización a los familiares de las víctimas.
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